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Prescripción de impuesto predial en Colombia: Cómo solicitarlo

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Si bien sabemos que el pago de impuestos es necesario para contar con servicios públicos eficientes, no siempre es fácil realizarlos. En ocasiones se presentan circunstancias imprevistas que dificultan que cumplamos con este deber ciudadano dentro de los plazos requeridos, por lo que pudiéramos enfrentar inclusive penalidades. Pero también hay maneras de solucionarlo y aquí veremos un caso: Cómo tramitar la prescripción del impuesto predial.

¿Qué es el Impuesto Predial?

Cuando una persona es dueña de bienes inmuebles, a estos se les aplica un cuota de pago correspondiente al derecho de que estén construidos sobre tramos de suelo que son propiedad del distrito o municipio, y son estos últimos quienes determinan su valor.

tramitar la prescripción del impuesto predial

El valor o riqueza que se expresa en la propiedad gravable se calcula mediante lo que se conoce como avalúo catastral y para el cual toman en cuenta diversos factores como la antigüedad del terreno y ubicación, por sólo mencionar algunos. Este pago tiene por nombre impuesto predial unificado o simplemente impuesto predial.

Lo recaudado constituye un impuesto local, lo que quiere decir que su cobro se recauda, maneja y controla en algunas ciudades colombianas y se invierte o abona directamente en el distrito o municipio, de modo que representa parte del fondo destinado a cubrir las necesidades locales. Este recaudo se realiza aquí.

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Historia del Impuesto Predial

A finales del siglo XIX, los gobiernos departamentales de Colombia fueron autorizados por la ley a recaudar un tributo sobre el territorio, destinando parte de dicho impuesto a cada municipio.

Luego, a mediados del siglo XX, este pago comenzó a adquirir un carácter más local gracias al Decreto Legislativo 2185 hasta que, en 1991, la constitución política finalmente ratificó que las autoridades municipales gozan de autonomía para el cobro y uso del impuesto predial.

Y es la Ley 44 de 1990 la que rige los lineamientos que tienen que ver con este impuesto en específico, indicando que las tarifas a pagar deben ser progresivas así como diferenciales y fundamentadas en los estratos socio-económicos, el grado de utilidad que haya tenido ese suelo a nivel urbano y la antigüedad y grado de actualización de la información catastral disponible, junto con otros elementos que se consideran cuidadosamente.

tramitar impuesto predial

Todos aquellos propietarios que dispongan de apartamentos, casas, lotes, parqueaderos, fábricas, bodegas y otras propiedades de tipo rural que tengan que ver con actividades agrícolas o hayan sido concebidas para tal fin están bajo la responsabilidad de cumplir con este pago en las fechas que se estipulan (los primeros dos meses de cada año).

Los municipios promueven que tú y yo como parte de la ciudadanía cumplamos oportunamente con el impuesto predial al ofrecernos un descuento calculado entre el 5 y el 15% del monto que nos corresponda, según el valor que cada 12 meses adquiera y además según el área territorial a declarar. Este descuento variable lo podremos disfrutar, claro está, si realizamos el aporte correspondiente los dos primeros meses de cada año.

En algunas ciudades se tomó la decisión de limitar el pago de este impuesto a los primeros 6 meses. Pero Bogotá (entre otros territorios) implementó el SPAC (Sistema de Pago Alternativo por Cuotas), mediante el cual casi 75.000 propietarios de predios capitalinos pueden organizar la tributación que les corresponde por cuotas en fechas límite ya determinadas a lo largo del año.

impuesto predial

Ahora bien, de vivir en Bogotá y no estar suscrito a la modalidad del SPAC, entonces te correspondería estar informado con respecto a cual es la última letra del Código Homologado de Identificación Predial (CHIP) que le fue asignado al predio de tu inmueble por la Unidad Administrativa Especial de Catastro. Así sabrás hasta cuando tienes plazo de pagar con el descuento anteriormente mencionado.

¿Y si no puedo pagar el impuesto predial?

formato de impuesto predial unificado colombiano

Una persona que no pague este tributo está sujeta a multas y otros tipos de sanciones. Sin embargo, el gobierno a través de la DIAN permite que si por ejemplo reportas con anticipación que no te es posible cumplir a tiempo con este deber, puedas optar a plazos y otras facilidades de pago que flexibilicen las cosas para ti, siempre y cuando garantices que si cumplirás con ellos.

En el peor de los escenarios y como última opción te queda que dicho impuesto prescriba, es decir, que la vigencia del impuesto generado expire porque la administración respectiva no te haya realizado el cobro. Esto tiene lugar 5 años después del día en que el tributo se hace exigible y que el período gravable de ese lustro inicia; que es el primero de enero de cada año independientemente de las fechas dispuestas por las distintas municipalidades.

Es importante que tengas claro que al tratarse de una prescripción liberatoria, aún cuando a la administración responsable se le prive de exigirte el pago debido a que en 5 años no lo había hecho en las fechas correspondientes, no quiere decir que estés libre de este deber. Realizarías el procedimiento respectivo para la exención de esa deuda acumulada en particular y, al siguiente año, el período gravable a tu inmueble volvería a comenzar, y deberás estar pendiente de estar al día.

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¿Cómo hago para tramitar la prescripción del impuesto predial?

Tramitar la prescripción del impuesto predial tiene sus lineamientos a seguir, y son los que se describen a continuación:

  • Lo primero y principal es hacer la redacción (con carácter formal) de la solicitud de prescripción. Para esto es muy, muy recomendable que te asesores con un abogado o que te dirijas a una notaría para que te informen bien de cada paso a seguir del modo correcto, para que así no incurras en acciones que resulten en una perdida considerable de dinero.
  • Cuando la tengas debidamente redactada, debes llevarla al departamento administrativo de la Hacienda Municipal y entregarla, específicamente en el área de Tesorería de Rentas junto con las pruebas que tengas para que allí la estudien.
  • La carta hecha por ti debe estar plena y correctamente identificada con tus datos y los de tu(s) inmueble(s).
  • En lo que tiene que ver con las pruebas, debe figurar la certificación de propiedad que te identifica a ti como dueño, así como la documentación que pruebe que la administración no hizo la debida diligencia de realizarte el cobro del impuesto oportunamente, en las fechas que debió hacerlo durante los últimos 5 años.
  • Con los documentos anteriormente mencionados en mano y ya revisados por el abogado o a nivel notarial, se loes entregarás con la solicitud al Secretario de Hacienda para que dé curso a este trámite.

En todo caso, más vale prevenir que lamentar… Siempre

A fin de evitar inconvenientes perjudiciales para ti con la municipalidad, es bueno que si eres propietario de un inmueble tomes la iniciativa de informarte, según la zona donde vivas, de las opciones disponibles para que estés al día con el impuesto predial. De este modo, inclusive podrás reducir parte del monto anual a tributar si cumples con este deber en las fechas en las que el descuento por pronto pago aplique y ahorrar.

Y lo que es más importante: Te evitarás inconvenientes económicos y hasta el posible embargo de tu propiedad. Por eso, ¡No olvides mantenerte al día con tu impuesto predial!

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